PREGUNTAS FRECUENTES

¿QUE DEBO OBTENER UN  REGISTRO, CERTIFICADO O LICENCIA AMBIENTAL?

Según el rango de operación, el Ministerio de Ambiente determinara el trámite (Certificado Ambiental, Registro Ambiental o Licencia Ambiental), tiempo de emisión y el costo. Al seleccionar el rango en la actividad, si este es de MEDIANO IMPACTO AMBIENTAL, el trámite corresponde a REGISTRO AMBIENTAL y si es de MAYOR IMPACTO el tramite corresponde a LICENCIA AMBIENTAL.

¿CUANTO PUEDE DURAR EL TRAMITE DE SALACAR UN REGISTRO?

Nuestro servicio empieza con la visita in situs para  identificar el impacto ambiental y termina con la entrega del registro, dicho proceso desde la visita hasta entrega puede tomar aproximadamente 10 días laborales.

¿QUE REQUISITOS NECESITO PARA OBTENER MI LICENCIA AMBIENTAL?

Estar registrado o crear un usuario en el SUIA.
 Registrar el proyecto, descarga los términos de referencia y completar el estudio de impacto ambiental a través de la plataforma informática.
 Haber concluido el proceso de participación social (El proceso de participación social puede demandar la participación de un facilitador o solo un proceso de divulgación).
 Pagar todos los valores que se determine a través del sistema por servicios administrativos, remoción de cobertura vegetal nativa (en caso que requiera), participación social y presentación de la póliza o garantía de fiel cumplimiento al Plan de Manejo Ambiental.
 Descargar a través de la plataforma informática la resolución de la licencia ambiental.

*Este certificado requiere la contratación de un consultor ambiental calificado por el MAE.

¿QUE REQUISITOS NECESITO PARA OBTENER MI REGISTRO AMBIENTAL?

Estar registrado o crear un usuario en el SUIA.
2. Registrar el proyecto y concluir el proceso de registro ambiental en el SUIA a través de la plataforma informática.
3. Pagar  la tasa correspondiente  a la Autoridad Ambiental competente por servicios administrativos (Exceptuando lo establecido en la Ley Acuerdo Ministerial 083 B).
4. En el caso de que exista remoción de cobertura vegetal nativa, deberá cancelar el valor de 3 dólares por metros cúbicos. Este valor debe ser cancelado únicamente al Ministerio del Ambiente.